Sólo el propietario está autorizado a iniciar un procedimiento judicial para el desalojo; el Ayuntamiento sí puede sancionar o clausurar un local por no cumplir la normativa
Sólo el propietario está autorizado a iniciar un procedimiento judicial para el desalojo; el Ayuntamiento sí puede sancionar o clausurar un local por no cumplir la normativa